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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 20/01/2022
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
N.º 13
20 de enero de 2022
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
Número 0082/22
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía RESOLUCIÓN DEL JEFE DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN ÁVILA POR
LA QUE SE DECLARA, EN CONCRETO, LA UTILIDAD PÚBLICA DE LA REFORMA
DE UN TRAMO DE LA LAAT A 45 KV EN ÁVILA ÁVILA, EXPEDIENTE: ATLI-1969.
TITULAR: 1-DE REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES, S.A.U.
1. ANTECEDENTES DE HECHO.
Primero. El 4/12/2020 el representante de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes. S.A.U., solicitó en este Servicio Territorial autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica denominada: proyecto reforma del tramo de la LAAT a 45 kV ST
Ávila 05 Campo Azálvaro desde el apoyo nº 9010 al 9021, en el TM de Ávila Ávila.
Segundo. Mediante la Resolución de este Servicio Territorial de 20/04/2021 se otorgó Autorización administrativa previa y de construcción a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. para dicha instalación.
Tercero. El 25/5/2021 I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la instalación citada.
Cuarto. Dicha solicitud se sometió a información pública mediante el anuncio insertado en el BOP de Ávila de 18/6/2021, en el Diario de Ávila de 19/6/2021, en el BOCyL de 22/7/2021 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Ávila en el periodo comprendido entre el 27/9/2021 y el 10/11/2021. Además. el proyecto presentado se sometió a información pública en la página web de la Junta de Castilla y León www.energia.jcyl.es, Sección Energía y Minería Información pública en materia de energía y minas Energía.
Quinto. Se ha superado dicho periodo da información pública sin que conste la presentación de alegaciones al proyecto.
Sexto. Además, se solicitó la conformidad y se recabarán nuevamente los condicionados del Ayuntamiento de Ávila y Telefónica. Solo Telefónica respondió reiterando los condicionados establecidos en la fase de tramitación anterior.
Séptimo. Asimismo, se ha realizado la visita de campo para examinar el emplazamiento de la instalación, sin que se haya apreciado ninguna de las limitaciones a la constitución de servidumbre indicadas en el apartado a del artículo 58. Limitaciones a la constitución de servidumbre de paso, de la Ley 24/2013.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
Primero. En la tramitación de este expediente se ha tenido en cuenta la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
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