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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 20/10/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 202
20 de octubre de 2021
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
Número 2091/21
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
Cultura, Patrimonio, Juventud y Deporte CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA INVESTIGACIÓN DE TEMAS
ABULENSES2021 MODALIDAD GENERAL Y JÓVENES INVESTIGADORES.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/590129
Por resolución del Presidente de fecha 29 de septiembre de 2021 se convocan subvenciones destinadas a la concesión de ayudas para la investigación de temas abulenses 2021 Modalidad General y Jóvenes Investigadores.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003
de17de noviembre, General de Subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.
Beneficiarios: Podrán resultar beneficiarios de estas ayudas, en la Modalidad General, investigadores de cualquier nacionalidad, individualmente o formando equipo que, como mínimo, posean el título de Grado o Licenciatura.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, en la Modalidad de Jóvenes Investigadores, aquellos solicitantes que, además de cumplir los requisitos anteriores, sean menores de treinta y cinco años en la fecha de presentación de su solicitud. En el caso de los equipos de investigación, todos sus integrantes deben cumplir esta condición.
Los solicitantes menores de treinta y cinco años podrán concurrir a las dos modalidades General o Jóvenes Investigadores con un solo proyecto de investigación por modalidad, bien sea con el mismo o con uno diferente.
Para obtener la condición de beneficiario es necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones que se señalan en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Incompatibilidades: No podrán solicitar las ayudas reguladas en la presente convocatoria aquellas personas que hayan recibido otras ayudas para el mismo proyecto de investigación o lo hayan presentado en otras instancias, estando pendiente su resolución.
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