Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Ávila » Boletín Oficial de la Provincia de Avila » 04/08/2021
Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 04/08/2021
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
N.º 149
4 de agosto de 2021
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
Número 1712/21
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
Cultura, Patrimonio, Juventud y Deporte CONVOCAN SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
PARA LAS ASOCIACIONES Y ENTIDADES DEPORTIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO
DE LA PROVINCIA DE ÁVILA.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/577786
Por resolución del Diputado Delegado del Área de Cultura, Patrimonio, Juventud y Deporte, de fecha 26 de julio de 2021, se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para las asociaciones y entidades deportivas sin ánimo de lucro de la provincia de Ávila.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003
de17 de noviembre, general de subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.
Beneficiarios:
1. Las entidades deportivas sin ánimo de lucro cuya sede social se halle en alguno de los municipios de la provincia de Ávila de menos de 500 habitantes.
2. Las asociaciones sin ánimo de lucro cuya sede social se halle en alguno de los municipios de la provincia de Ávila de menos de 500 habitantes y cuyo fin estatutario principal sea la realización de actividades de carácter netamente deportivo.
Quedan excluidas expresamente de esta convocatoria:
Aquellas asociaciones de carácter interdisciplinar que, aunque entre sus fines estatutarios se especifique alguno relacionado con el deporte en general, de los estatutos no se desprenda que el fin estatutario propiamente dicho sea la realización de actividades de carácter netamente deportivo las asociaciones de carácter social, cultural, lúdico-recreativo, turístico, naturalistas, cinegéticas o de pescadores, de padres y madres de alumnos, de pensionistas y jubilados, de consumidores y usuarios y las cofradías.
Aquellas asociaciones o entidades deportivas a las que se le haya concedido una subvención de la Diputación de Ávila o tengan un convenio o patrocinio deportivo por el mismo concepto para el que se destina esta subvención en los dos últimos ejercicios presupuestarios.
3