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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 16/09/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 180 16 de septiembre de 2020
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1743/20
AYUNTAMIENTO DE HURTUMPASCUAL
B an d o
d e
l a
A l c a l d í a
D. ALFREDO DÍAZ RODRÍGUEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO
DE HURTUMPASCUAL
HAGO SABER;
En cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el nombramiento del cargo de Juez de Paz sustituto.
Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los siguientes documentos:
a Fotocopia del D.N.I.
b Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:
Que carece de antecedentes penales.
Que no está procesado o inculpado por delito doloso.
Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
Que no está incurso en ninguna causas de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc, así como de las condiciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mismo.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Hurtumpascual, 20 de agosto de 2020.
El Alcalde, Alfredo Díaz Rodríguez.
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