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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 31/07/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 147
31 de julio de 2020
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
Número 1479/20
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
Familia, Dependencia e Igualdad de Oportunidades A n u n c io APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO PROVINCIAL DE PERSONAS CON
CAPACIDADES DIFERENTES, DEL ÁREA DE FAMILIA, DEPENDENCIA Y
OPORTUNIDADES DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA.
Concluido el plazo de información pública de la aprobación inicial, por acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Ávila, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de abril de 2020 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Provincial de Personas con Capacidades Diferentes, del Área de Familia, Dependencia y oportunidades de la Excma. Diputación Provincial de Ávila, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila número 111, de fecha 11 de junio de dos mil veinte; no habiendo sido presentada ninguna alegación, reclamación o sugerencia al expediente, el acuerdo se entiende aprobado definitivamente conforme lo dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 11/1999, de 21 de abril; procediendo a la publicación íntegra del texto del Reglamento, a los efectos previstos en el artículo 70.2 de la citada Ley y 196 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EE.LL.
Contra el acuerdo, definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede Burgos, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la publicación de la disposición, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.b, 25.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ávila, 28 de julio de 2020.
El Presidente, Carlos García González.
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