Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/07/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 143

27 de julio de 2020

Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público;
Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de7de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local;
Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás disposiciones normativas de aplicación.
Las personas interesadas en tomar parte en los procesos selectivos regulados por estas Bases prestarán su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal, de conformidad con lo establecido en la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La falta de prestación de dicho consentimiento conllevara la inadmisión de la solicitud presentada, al estar regidos los procedimientos selectivos por el principio de publicidad.
Tercera. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos legalmente.
b Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d Estar en posesión, a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, de la siguiente titulación:

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o título académico oficial equivalente.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial en el plazo en que acabe el plazo de presentación de instancias.

e No padecer enfermedad o discapacidad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del cargo.
f No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/07/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha27/07/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones3589

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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