Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 16/07/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 136

16 de julio de 2020

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
Número 1347/20

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
Familia, Dependencia e Igualdad de Oportunidades BASES DE CONVOCATORIA SUBVENCIÓN MEDIANTE RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA DIRIGIDA A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ÁVILA PARA
INCENTIVAR EL EQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LOCALES Y CENTROS
HABILITADOS PARA PERSONAS MAYORES.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/515349
Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 27 de abril de 2020 se convoca subvención en régimen de concurrencia competitiva para Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes de la provincia de Ávila destinadas al equipamiento y mantenimiento de centros y locales habilitados para la tercera edad.
La Diputación Considera de gran interés el apoyo a los centros de personas mayores que son espacios de carácter social, destinados a promover el envejecimiento activo y la prevención de la dependencia, así como a fomentar la convivencia Beneficiarios:
Podrán resultar beneficiarios de esta línea de subvención los Ayuntamientos, Entidades Menores, de la provincia de Ávila menores de 20.000 habitantes que lo soliciten, cumplan con los requisitos establecidos y realicen las actuaciones que fundamentan su concesión.
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos Ayuntamientos en quienes concurran algunas de las circunstancias establecidas en el artículo. 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Objeto:
La finalidad principal es apoyar a los municipios que tienen un espacio, centro o local destinado a las personas mayores, donde se realizan actividades de prevención de la dependencia y envejecimiento activo, que mejoren las relaciones sociales, la autonomía personal, los hábitos de vida saludable, la participación ciudadana de los grupos, colectivos y asociaciones a nivel municipal. En definitiva, mejorar la calidad de vida en la zona rural a través del apoyo a los centros y locales municipales destinados a las personas mayores y así poder garantizar el acceso a los servicios sociales, según dispone el artículo 13.3 de Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 16/07/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha16/07/2020

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3589

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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