Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Ávila » Boletín Oficial de la Provincia de Avila » 30/04/2020
Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 30/04/2020
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 82
30 de abril de 2020
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en distinta provincia, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo781/1986, de 18 de abril y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
NOTA: de conformidad con la Disposición Adicional Tercera del Decreto 463/2020, de14de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto465/2020, de 17 de marzo, así como de las prórrogas al mismo, aprobadas mediante Real Decreto476/2020, de 27 de marzo y 487/2020, de 10 de abril, los plazos contenidos en el presente anuncio quedarán suspendidos desde el momento de su publicación, reanudándose en el momento en que pierda vigencia el mencionado Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Pedro Bernardo, 22 de abril de 2020.
El Alcalde-Presidente, David Segovia Muñoz.
16