Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

15 de octubre de 2019

N.º 200

Quinta. Composición del órgano de selección.
La Comisión de Selección estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionario del Grupo A de la Diputación, designado por la Diputación Provincial.

Suplente: Un funcionario del Grupo A de la Diputación, designado por la Diputación Provincial.

Vocal Titular: Designado por la Junta de Castilla y León.

Suplente: Designado por la Junta de Castilla y León.

Vocal Secretario: Un funcionario de Habilitación Nacional designado por la Diputación Provincial de Ávila.
Vocal Secretario Suplente: Un funcionario de Habilitación Nacional designado por la Diputación Provincial de Ávila.
Sexta.
El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante la Corporación la siguiente documentación: Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de poseer la titulación exigida como requisito para el acceso, declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes, así como Declaración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
Séptima.
La Comisión de Selección propondrá al Presidente del Ayuntamiento el candidato seleccionado y, en su caso, los suplentes, de acuerdo con dicha propuesta, el Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombramiento y expediente completo a la Dirección General de Administración Territorial, que resolverá definitivamente. El presidente de la Corporación hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el nombramiento efectuado.
Octava.
El candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tres días desde el siguiente al de recepción en la Corporación de la resolución por la que se efectúa el nombramiento.
Novena.
El funcionario interino cesará en el desempeño del puesto de acuerdo con lo dispuesto en el art. 4 del Decreto 32/2005, de 28 de abril de 2005.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha15/10/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3589

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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