Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Ávila » Boletín Oficial de la Provincia de Avila » 24/09/2019
Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 24/09/2019
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 185 24 de septiembre de 2019
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 2063/19
AYUNTAMIENTO DE EL BARCO DE ÁVILA
A n u n c io En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 31 de julio de 2019, sobre la modificación de crédito 2MC/2019, mediante suplemento de crédito, financiado con cargo a nuevos ingresos, como sigue a continuación:
Altas en Conceptos de Ingresos Concepto: 11600. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Concepto
Presupuesto Inicial
Previsiones Definitivas
Recaudados
Mayores Derechos
Fondos Generación
11600
30.000,00
30.000,00
52.254,91
22.254,91
15.320,00
22.254,91
15.320,00
Altas en Partida de Gastos Las partidas del Presupuesto de gastos para las que se genera crédito es la912.10000Retribuciones Cargos Electos y 912.16000 Seguridad Social Cargos Electos.
Partida Presupuesto
Presupuesto Inicial
Créditos Definitivos
Incremento
Final €
912.10000
11.600,00
11.600,00
11.700,00
23.300,00
912.16000
3.800,00
3.800,00
3.720,00
7.520,00
15.320,00
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo37.2, apartados a y b del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.
2