Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/09/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 182 19 de septiembre de 2019

Base segunda. Ámbito temporal.
2.1. Esta bolsa de empleo estará vigente como máximo hasta el día 30 de junio de2021, fecha de finalización del curso 2020/2021 de la Escuela Municipal de Música, fecha que tendrá vigencia sólo si antes de la misma no se ha provisto de la plaza a través de procedimiento público de selección, previa oferta de empleo pública. La contratación o contrataciones que se formalicen en virtud de la presente convocatoria finalizarán, en todo caso, como máximo el día 30 de junio de 2021.
Base tercera. Modalidad del contrato.
3.1. La modalidad del contrato es la de contrato de duración determinada, regulada por el artículo 15.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
El contrato será a tiempo parcial, la jornada de trabajo se concretará en función de las necesidades del servicio y las retribuciones se fijarán de acuerdo con el convenio colectivo correspondiente.
Base cuarta. Condiciones de admisión de aspirantes.
4.1. Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a Ser español o nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados de los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el art.57.1delTREBEP.
b Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleopúblico.
d No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b del TREBEP.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e Estar en posesión del Título Profesional de Música de cualquier especialidad instrumental, Grado Medio o equivalente y Grado en maestro de educación primaria con especialidad en música o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se presentará la homologación correspondiente emitida por el MEC.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/09/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha19/09/2019

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones3593

Primera edición04/01/2010

Ultima edición03/05/2024

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