Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 13/09/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 178 13 de septiembre de 2019

A D M I N I S T R A C I Ó N D E L E S TA D O
Número 2029/19

MINISTERIO DEL INTERIOR
Dirección General de Tráfico Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila RESOLUCIÓN de dos de septiembre de dos mil diecinueve de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila por la que se asume la competencia sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I.
El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial atribuye a los Municipios, entre otras, las competencias para la vigilancia y regulación del tráfico, así como las de denuncia y sanción de las infracciones de tráfico que se cometan en sus vías urbanas.
Por su parte, el apartado 4.º del artículo 84 del citado texto legal establece que la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable.
A continuación, el párrafo tercero del mismo apartado 4.º del artículo 84, dispone que los Jefes Provinciales de Tráfico asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por estos.
Al amparo de estas disposiciones, el Alcalde del Ayuntamiento enumerado en el AnexoI
solicitó la asunción, por parte del Jefe Provincial de Tráfico de Ávila, de las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial en las vías urbanas de dicho municipio.
En su virtud, habiéndose encontrado justificados los motivos y alegaciones formulados por el Alcalde del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I, para la cesión de competencia que le otorga el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, RESUELVO
Asumir, desde la fecha de la presente Resolución, la competencia para sancionar las infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I, con las siguientes observaciones:
1 La asunción de la competencia sancionadora será de carácter temporal, mientras subsistan las razones expuestas por el Alcalde y los servicios sean insuficientes.
2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 13/09/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha13/09/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3594

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930