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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 17/06/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 115
17 de junio de 2019
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 1382/19
JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 DE ÁVILA
E d i c to MARÍA JESÚS MARTÍN CHICO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social de ÁVILA, HAGO SABER:
Que en la ETJ. 90/19 de este Juzgado, seguida a instancia de EDUARDO MARTÍN
CÁMARA contra SECURFIRE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS, S.L., se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En ÁVILA, a diez de junio de dos mil diecinueve.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden de ejecución de sentencia a favor de EDUARDO
MARTÍN CÁMARA, frente a SECURFIRE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS, S.L., por //2.013,26.- euros de principal, y //332.- euros provisionales de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente, junto con el decreto que dictará la Letrado de la Admón de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados a la ejecutada, como dispone el art. 553 LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos 3.º y 4.º de esta resolución.
Contra este auto cabe recurso de reposición, en este juzgado, en los 3 DÍAS
hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución, aduciendo pago o cumplimiento justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario de la S. Social depositará //25.- euros, para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JUZGADO
en el SANTANDER, n.º 0293-0000-64-0090-19 indicando en el concepto: Recurso seguido del código 30 Social-Reposición. Si el ingreso se hace por transferencia incluirá tras la cuenta separado por un espacio, el código 30 Social-Reposición. Si
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