Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/06/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 110

10 de junio de 2019

2. Para lo no previsto en la presente ordenanza se estará a las disposiciones de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos y demás normativa de desarrollo.
3. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación íntegra del texto de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia.
Pedro Bernardo, 3 de junio de 2019.
El Alcalde-Presidente, Desiderio Blázquez Yuste.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/06/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha10/06/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones3589

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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