Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/05/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 92

15 de mayo de 2019

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 1194/19

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 DE ÁVILA
E

d i c t o
MARÍA JESÚS MARTÍN CHICO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social de ÁVILA, HAGO SABER:
Que en la ETJ.50/19 de este Juzgado, seguida a instancia de CRISTINA VERGARA
HERNÁNDEZ contra ROFEAL HOSTELERÍA ABULENSES.L., se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DECRETO
Letrado de la Administración de Justicia MARÍA JESÚS MARTÍN CHICO.
En ÁVILA, a seis de mayo de dos mil diecinueve.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: a Declarar al ejecutado ROFEAL HOSTELERÍA ABULENSE
S.L. en situación de INSOLVENCIA por //3.280.- euros, que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
c Una vez firme, inscríbase en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que según el art 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia en el juzgado, las partes, interesados o los profesionales, señalarán un domicilio y datos para los actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.
Comunicará los cambios de número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
IMPUGNACIÓN: Contra la presente cabe recurso directo de revisión ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.
El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta n.º 0293-0000-64-0050-19 en el SANTANDER debiendo indicar en el concepto, recurso seguida del código 31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del 31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia. Si efectuare diversos pagos en la 35

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/05/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha15/05/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3623

Primera edición04/01/2010

Ultima edición13/06/2024

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