Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/05/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 89

10 de mayo de 2019

ARTÍCULO 5.º DOTACIÓN Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
La cuantía total y máxima de las subvenciones a conceder asciende a 33.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 0101-23130-48237.
En atención al objeto de la ayuda y las disponibilidades presupuestarias, la cuantía individualizada de la subvención asciende a la cantidad máxima de 2.500,00 euros por entidad beneficiaria, excepto para aquella entidad que sea designada para representar el Proyecto Común, en cuyo caso la cuantía de la subvención será de 5.000,00 euros.
ARTÍCULO 6.º PAGOS ANTICIPADOS Y ABONOS A CUENTA.
Se anticipará el 90 % del importe de la subvención concedida a partir de la publicación de la propuesta de resolución. El 10 restante se abonará una vez justificada la %
subvención.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
ARTÍCULO 7.º SUBVENCIONES.

COMPATIBILIDAD

O

INCOMPATIBILIDAD

CON

OTRAS

Los beneficiarios deberán financiar con fondos propios al menos el 10% de la actividad subvencionada.
Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o Ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
ARTÍCULO 8.º RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS.
Debido a las características del objeto de las ayudas y de los beneficiarios, se establece un régimen de concurrencia competitiva con sometimiento a los requisitos y procedimientos establecidos en las Bases Reguladoras y en esta convocatoria.
ARTÍCULO 9.º SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
1. Solicitudes. Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado de Solicitud de subvención y se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Ávila.
En dicha solicitud se incluye la declaración responsable del solicitante relativa a los siguientes extremos:
1.1. A la titularidad de la cuenta bancaria donde, en su caso, se deba ingresar la subvención.
1.2. A que la Entidad no está incursa en alguna de las causas determinadas en el artículo13de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y de no tener deuda vencida por ningún concepto con la Administración Municipal.
1.3. En el caso del Proyecto Común, será una de las entidades organizadoras, nombradas al efecto cada año, la que figure como titular y realice las gestiones pertinentes en su nombre.
2. Lugar de presentación. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, debidamente cumplimentadas en modelo normalizado, junto a la documentación exigida o mediante Sede Electrónica, sede.avila.es, de esta entidad.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/05/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha10/05/2019

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3629

Primera edición04/01/2010

Ultima edición21/06/2024

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