Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 28/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 61

28 de marzo de 2019

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 683/19

AYUNTAMIENTO DE FONTIVEROS
A

n u n c i o
El Pleno del Ayuntamiento de Fontiveros, en sesión extraordinaria supletoria de la ordinaria del 4.º trimestre celebrada el día 15 de noviembre de 2018, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por el servicio público de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de18de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se sometió el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, que fue el pasado 28 de diciembre de 2018.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por el servicio público de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Modificación Ordenanza reguladora del suministro municipal de agua potable Artículo5: Cuota Tributaria.
1.º La cuantía de la tasa reguladora en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente.
2.º Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:
A Tarifa por consumo de agua uso doméstico:
a. Bloque 1: de 0 hasta 3 m3/mes: 0,203€/m3
b. Bloque 2: más de 3 hasta 10 m3/mes: 0,508€/m3
c. Bloque 3: más de 10 m3/mes: 1,270€/m3
B Tarifa por consumo de agua uso no doméstico:
a. Bloque 1: de 0 hasta 3 m3/mes: 0,203€/m3
b. Bloque 2: más de 3 m3/mes: 1,179€/m3
La facturación se realizará tomando como base la lectura del agua, medida en metros cúbicos, utilizada por la finca en cada período.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 28/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha28/03/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3627

Primera edición04/01/2010

Ultima edición19/06/2024

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