Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 11/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 48

11 de marzo de 2019

Artículo 31. Funciones del Jefe de Grupo.
Corresponde al Jefe de Grupo ejercer las funciones siguientes:
a. Ejercer la jefatura del Cuerpo de Bomberos Voluntarios en ausencia del Jefe de Cuerpo.
b. Asistir a los siniestros.
c. Garantizar el cumplimiento de lo que se establece en este Reglamento.
d.En ausencia del Jefe de Cuerpo o bajo sus órdenes directas, constituir los equipos de guardia y establecer su orden de actuación de forma que se cubran siempre y simultáneamente las salidas y los retenes en los parques, así como establecer la cobertura de ausencias y similares.
e. Colaborar en la programación y dirección de la formación práctica y teórica de los bomberos voluntarios del parque.
f. Asegurar en todo momento que las dependencias, instalaciones, vehículos, materiales, herramientas, equipos personales y condiciones personales de los bomberos voluntarios bajo su dependencia estén en óptimas condiciones de funcionamiento.
g. Tomar las medidas necesarias para la buena marcha del Cuerpo de Bomberos Voluntarios y dar cuenta al Jefe de Cuerpo de las novedades oportunas.
h. Asistir a las reuniones convocadas por sus superiores.
Artículo 32. Funciones del Jefe de Cuerpo.
Corresponde al Jefe de Cuerpo ejercer las funciones siguientes:
a. Ejercer la jefatura del Cuerpo de Bomberos Voluntarios, bajo las órdenes directas del Alcalde.
b. Asistir a los siniestros.
c. Garantizar el cumplimiento de lo que se establece en este Reglamento.
d. Constituir los equipos de guardia y establecer su orden de actuación de forma que se cubran siempre y simultáneamente las salidas y los retenes en los parques, así como establecer la cobertura de ausencias y similares.
e. Colaborar en la programación y dirección de la formación práctica y teórica de los bomberos voluntarios del parque.
f. Asegurar en todo momento que las dependencias, instalaciones, vehículos, materiales, herramientas, equipos personales y condiciones personales de los bomberos voluntarios bajo su dependencia estén en óptimas condiciones de funcionamiento.
g. Tomar las medidas necesarias para la buena marcha del Cuerpo de Bomberos Voluntarios y dar cuenta al Alcalde Ayuntamiento de El Barco de Ávila de sus actividades.
h. Dar cuenta al Alcalde o Concejal delegado del Ayuntamiento de El Barco de Ávila, por escrito, de la actuación de los Bomberos Voluntarios en los siniestros en que intervengan y realizar el informe técnico.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 11/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha11/03/2019

Nro. de páginas120

Nro. de ediciones3627

Primera edición04/01/2010

Ultima edición19/06/2024

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