Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/12/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

Nº 249

27 de diciembre de 2018

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 2818/18

CONSORCIO DE ENTES LOCALES VALLE DEL TIÉTAR
A

n u n c i o
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de Asamblea de fecha 27 de noviembre de 2018, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2018 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público como sigue a continuación:
Altas en aplicaciones de gastos Aplicación Progr.

Económica
1621

62300

Créditos iniciales
Descripción ADQUISICIÓN DE CAMIÓN
RECOGIDA SELECTIVA

DE

TOTAL

Modificaciones de crédito
Créditos finales
0,00 €

194.568,00 €

194.568,00 €

0,00 €

194.568,00 €

194.568,00 €

Esta modificación se financia con cargo a Remanente Líquido de Tesorería.
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo37.2, apartados a y b, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Ávila, 21 de diciembre de 2018.
El Presidente, Jesús Manuel Sánchez Cabrera.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha27/12/2018

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3606

Primera edición04/01/2010

Ultima edición21/05/2024

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