Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 25/10/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

Nº 205 25 de octubre de 2017

mato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SS. Doy fe.
DECRETO. PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Acumular la presente ejecución a la ejecución seguida en este órgano Judicial con el número 126/2017.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales., designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.
Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación en legal forma a LA CASONA FUSIÓN,S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Ávila, a dieciocho de octubre de dos mil diecisiete.
El/La Letrado de la Administración de Justicia, Ilegible.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 25/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha25/10/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3596

Primera edición04/01/2010

Ultima edición08/05/2024

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