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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 24/10/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
Nº 204 24 de octubre de 2017
A D M I N I S T R A C I Ó N D E L E S TA D O
Número 2.352/17
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO
Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila
E
D I C T O
RESOLUCIÓN de diecinueve de octubre de dos mil diecisiete de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila por la que se asume las competencias de vigilancia y regulación del tráfico, así como las de denuncia y sanción de las infracciones de tráfico cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento de la Provincia de Ávila, enumerado en el Anexo I.
El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, atribuye a los Municipios, entre otras, las competencias para la vigilancia y regulación del tráfico, así como las de denuncia y sanción de las infracciones de tráfico que se cometan en sus vías urbanas.
Por su parte, el apartado 4º del artículo 84 del citado texto legal establece que la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable.
A continuación, el párrafo tercero del mismo apartado 4º del artículo 86, dispone que los Jefes Provinciales de Tráfico asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos.
Al amparo de estas disposiciones la Alcaldesa del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I solicitó la asunción, por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila, de las competencias municipales de vigilancia y regulación del tráfico, así como las de denuncia y sanción de las infracciones de tráfico que se cometan en sus vías urbanas. Hacer constar que el mencionado municipio no dispone de agentes propios.
En su virtud, habiéndose justificado los motivos alegados por la Alcaldesa del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I, para la cesión de las competencias enumeradas en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, RESUELVO
Asumir, desde la fecha de la presente Resolución, las competencias municipales de vigilancia y regulación del tráfico, así como las de denuncia y sanción de las infracciones de tráfico cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento enumerado en el Anexo I, con las siguientes observaciones:
1 La asunción de estas competencias será de carácter temporal, mientras subsistan las razones expuestas por la Alcaldesa y los servicios sean insuficientes.
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