Artículo 2671 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTÍCULO 2671. Derecho aplicable

La prescripción se rige por la ley que se aplica al fondo del litigio.

Fuentes y antecedentes: arts. 51, 52 y 54 del Tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889; y arts. 51, 52 y 54 del Tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1940; art. 3131 del Código Civil de Quebec, 1994; y art. 128 del Proyecto de Código de Derecho Internacional Privado (Argentina, 2003).

(CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION - LIBRO SEXTO - DISPOSICIONES COMUNES A LOS DERECHOS PERSONALES Y REALES. TÍTULO IV. Disposiciones de Derecho Internacional Privado. Capítulo 3. Parte 16ª. Prescripción)

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1. Introducción*

El tiempo es un factor importante y destacado en este instituto, pero lo relevante en la prescripción es que el titular de un derecho permanece inactivo.

La falta de actividad, de ejercicio, es lo que debe buscarse para poner en funcionamiento la extinción (y su reverso: la adquisición) del derecho con todas sus facultades o pretensiones.

2. Interpretación

El CCyC con sencillez regula la prescripción sometiendo el instituto al derecho nacional que disponga el sistema conflictual como ley aplicable.

Esa solución responde a los principios y directivas del DIPriv, pues respeta la situación privada internacional que hace depender el derecho de la ley que reglamenta el fondo de la cuestión.

La prescripción perjudica o hace adquirir derechos por inactividad del titular y el transcurso del tiempo; entonces, la norma sigue el método conflictual y remite al derecho local aplicable.

Las fuentes inspiradoras surgen de los arts. 51, 52 y 54 del Tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889; y arts. 51, 52 y 54 del Tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1940; art. 3131 del Código Civil de Quebec, 1994; y art. 128 del Proyecto de Código de Derecho Internacional Privado (Argentina, 2003).

* Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación comentado / Gustavo Caramelo ; Sebastián Picasso ; Marisa Herrera - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Infojus, Sistema Argentino de Información Jurídica, 2015.

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