CAJAMAR SEGUROS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS

Modificaciones estatutarias

34Bis. "Artículo 34º bis- Materias Reservadas Generali, competencia exclusiva del Consejo de Administración." 1. En relación con las facultades y atribuciones sobre cualquiera de las materias objeto del presente artículo, denominadas "Materias Reservadas Generali", las mismas deben ser competencia.

Datos registrales

T 2037 , F 124, S 8, H AL 31395, I/A 65 (23.09.21).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 190 del Viernes 1 de Octubre de 2021. Empresarios, Empresarios.

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