Quiero saber acerca de...
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ARTICULO 5 BIS: Con carácter general, en caso de prenda sobre las participaciones representativas del capital social de la sociedad, corresponderá al propietario de éstas el ejercicio de los derechos de socio. No obstante lo anterior, desde el momento en que se notifique por conducto notarial al.
T 1557 , F 202, S 8, H VA 14032, I/A 41 (29.07.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 149 del Jueves 5 de Agosto de 2021. Empresarios, Empresarios.