HIPER GRES LA RODA SOCIEDAD LIMITADA

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 19º.- El cargo de administrador es remunerado, aparte del derecho de percibir dietas, en su caso, o ser reintegrado de gastos suplidos en el desempeño de su cargo, si procede. La remuneración consistirá en una cantidad fija anual en metálico cuyo importe concreto, el devengo y el pago serán aprobados por parte de la Junta General teniendo en cuenta.

Datos registrales

T 791, L 555, F 191, S 8, H AB 14369, I/A 2 ( 1.06.21).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 107 del Martes 8 de Junio de 2021. Empresarios, Empresarios.

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