GREENALIA LOGISTICS, S.L.U. (SOCIEDAD SEGREGADA) GREENALIA SHIPPING, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 de mismo cuerpo legal, se hace público que el Socio único de las sociedades Greenalia Logistics, S.L.U., y Greenalia Shipping, S.L.U., aprobó en la Junta Universal de ambas sociedades, celebrada el 16 de abril de 2020, la segregación de la sociedad Greenalia Logistics, S.L.U., y el correspondiente Proyecto de Segregación, en virtud del cual, Greenalia Logistics, S.L.U., como sociedad segregada, sin extinguirse, traspasará en bloque, por sucesión universal una parte de su patrimonio social a Greenalia Shipping, S.L.U., como sociedad beneficiaria.

Greenalia Shipping, S.L.U., está íntegramente participada de forma directa por Greenalia Logistics, S.L.U., por lo que es aplicable a estas segregaciones el régimen simplificado establecido en el artículo 49.1 LME, por remisión de los artículos 73.1 y 52.1 de ésta

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de segregación.

Asimismo, se informa expresamente a los acreedores de las sociedades participantes del derecho de oponerse a la segregación en el plazo, en los términos y con los efectos previstos en la mencionada Ley. Igualmente se hace constar el derecho que corresponde a los trabajadores de información sobre el objeto y alcance de la segregación, en particular sobre el empleo.

A Coruña, 16 de abril de 2020.- El representante persona física de Greenalia, S.A., Administrador único, Manuel García Pardo.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 80 del Lunes 27 de Abril de 2020. , Escisión De Empresas.

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