MAÑAS CANO, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ALMERICASAS, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA YA EXISTENTE) MAÑAS CANO, S.L. AGROVEGA DELTA DEL ANDARAX, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Anuncio de Escisión Total.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el día 20 de junio de 2018, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las mercantiles "Mañas Cano, S.L." (Sociedad Escindida) y "Almericasas, S.L." (Sociedad Beneficiaria ya existente) aprobaron por unanimidad, según el procedimiento previsto en el artículo 42 de la citada Ley 3/2009, la escisión total de la Sociedad Escindida, con división de su patrimonio social en tres partes, cada una de las cuales se trasmitirá en bloque por sucesión universal a tres sociedades beneficiarias: 1.ª-La mercantil "Almericasas, S.L." ya existente; 2.ª-La mercantil de nueva creación que se denominará en aplicación del art. 418.2 del R.R.M., "Mañas Cano, S.L.", y 3.ª-La mercantil de nueva creación que se denominará "Agrovega Delta del Andarax, S.L."; todo ello conforme al Proyecto Común de Escisión Total formulado por los administradores de la Sociedad Escindida y de la Beneficiaria preexistente.

Las dos nuevas Sociedades Beneficiarias se constituirán simultáneamente y la Beneficiaria ya existente procederá a la ampliación de su capital social, todo ello como consecuencia de la escisión total y previa extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida, recibiendo los socios de la escindida un número de participaciones de las tres sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde.

Sirve de base de esta operación el balance de escisión cerrado a 31 de diciembre de 2017 y aprobado previamente por las Juntas Generales.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades existentes participantes en la escisión, a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Almería, 31 de agosto de 2018.- El Presidente del Consejo de Administración, Juan Mañas Cano.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 170 del Martes 4 de Septiembre de 2018. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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