Quiero saber acerca de...
- España
La sociedad será administrada y representada por uno o varios administradores, socios o no, nombrados por plazo indefinido. El cargo de administrador no es retribuido. La administración se podrá estructurar mediante cualquiera de los siguientes sistemas, a elección de la Junta General: Un.
T 174 , F 85, S 8, H LU 1409, I/A 4 (14.07.17).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 139 del Lunes 24 de Julio de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.