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ARTICULO 21: La junta general será convocada por los administradores y, en su caso, por los liquidadores de la sociedad mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad si ésta hubiera sido creada, inscrita y publicada en los términos previstos en al Ley de Sociedades de Capital. En este ARTICULO 29: El Consejo de Administración se reunirá cuando el mismo lo acuerde y, al menos una vez al trimestre, siempre que lo disponga su Presidente o lo pida uno de sus miembros. En este último cas
T 1445 , F 149, S 8, H VA 2666, I/A 20 ( 2.09.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 173 del Viernes 9 de Septiembre de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.