JIM SPORTS TECHNOLOGY, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PALLATIUM SPORTS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y concordantes de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que "Softee Group, S.L., socio único de "Jim Sports Technology, S.L.", sociedad unipersonal, y de "Pallatium Sports, S.L.", sociedad unipersonal, aprobó el día 23 de junio de 2016, la fusión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción de "Pallatium Sports, S.L.", sociedad unipersonal (Sociedad Absorbida) por "Jim Sports Technology, S.L.", sociedad unipersonal (Sociedad Absorbente).

La fusión se realiza conforme a lo previsto en el artículo 52.1 en relación con el 49 LME, en consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida, realizándose la fusión con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente; todo ello de conformidad con los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito y formulado por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes el día 22 de junio de 2016.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a 31 de diciembre de 2015 de dichas sociedades, y se realizará de conformidad con el Proyecto Común de Fusión que fue aprobado asimismo por el socio único el citado 23 de junio de 2016.

La presente operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52.1 LME, dado que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, de tal forma que tratándose de un supuesto de fusión entre sociedades hermanas (supuesto asimilado legalmente a la absorción de sociedades íntegramente participadas) no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y tampoco el informe de administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Palas de Rei, 27 de junio de 2016.- Por Pallatium Sports, S.L. Unipersonal, y por Jim Sports Technology, S.L. Unipersonal, el Administrador único, Jesús Manuel Graña Gómez.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 128 del Miércoles 6 de Julio de 2016. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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