Quiero saber acerca de...
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Adm. Unico: MENDEZ GARCIA PEDRO.
Adm. Solid.: MENDEZ GARCIA PEDRO;MENDEZ GOMEZ ESTELA.
"Artículo 31 .- El cargo de Administrador será retribuido. La retribución consistirá en una participación del diez por ciento (10,00%) como máximo, en los beneficios repartibles del ejercicio anterior. La Junta General determinará el porcentaje aplicable dentro del máximo establecido". .
T 164 , F 177, S 8, H SA 269, I/A 5 (20.11.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 232 del Viernes 4 de Diciembre de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.