RED CARPE DIEM IBÉRICA, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) HOSTELERÍA HEROICA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 1 de junio de 2015, la Junta General y Universal de socios de la compañía mercantil "Red Carpe Diem Ibérica, S.L.", ha adoptado por unanimidad el acuerdo de su escisión parcial, mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a la sociedad de nueva creación "Hostelería Heroica, S.L.", y ello en los términos del proyecto de escisión de fecha 30 de mayo de 2015. En el presente caso se cumplen los requisitos de los artículos 42 y 78 bis de la citada Ley 3/2009.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado aprobado por unanimidad, así como el balance de escisión -aún cuando no es obligatorio-. Se hace constar, igualmente, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión parcial durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009.

A Coruña, 5 de junio de 2015.- Administrador Único.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 125 del Lunes 6 de Julio de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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