AUTO REPUESTO PALACIOS, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA) PALACIOS TOTAL CAR SERVICE, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), por remisión del artículo 73 de dicha norma y con relación asimismo al artículo 71, se hace público que el día 10 de mayo de 2015, la Junta General Extraordinaria y Universal de "Auto Repuesto Palacios, S.L." aprobó por unanimidad, el proceder a la segregación de una parte de su patrimonio que conforma una unidad económica independiente y diferenciada (constituida por la rama de actividad dedicada al negocio de comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos a motor y la reparación y mantenimiento de material de transporte), mediante la transmisión en bloque, por sucesión universal, a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, "Palacios Total Car Service, S.L.", de la que la sociedad segregada poseerá la totalidad de su capital social, teniendo efectos contables el día del otorgamiento de la escritura por la que se eleve a público el acuerdo citado. Todo ello con arreglo a los términos previstos en el Proyecto de Segregación, aprobado y firmado por los Administradores de la sociedad segregada.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de la sociedad "Auto Repuesto Palacios, S.L." a obtener de la misma el Texto íntegro de los acuerdos adoptados.

El acuerdo de segregación se ha adoptado por el procedimiento simplificado al amparo de lo dispuesto en los artículos 42, 49.1, por remisión del 52.1, y 78 bis de la Ley 3/2009, al ser la sociedad beneficiaria una sociedad limitada y haberse aprobado el acuerdo en Junta Universal y por unanimidad de los socios de "Auto Repuesto Palacios, S.L.", cumpliendo los requisitos de proporcionalidad y constitución de nueva sociedad, por lo que, en consecuencia, no son aplicables las normas generales sobre el depósito y publicación del proyecto y el informe de expertos independientes, ni sobre el informe de los Administradores del proyecto de segregación, ni sobre la formulación y aprobación del propio Balance de segregación.

Asimismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de "Auto Repuesto Palacios, S.L." a oponerse a la operación de segregación acordada, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Lugo, 13 de mayo de 2015.- Adolfo Ferreiro Palacios, Administrador Solidario.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 94 del Jueves 21 de Mayo de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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