Quiero saber acerca de...
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T 28996 , F 41, S 8, H M 522120, I/A 6 ( 4.09.14).
A. La prestación de servicios de televisión en cualquiera de sus modalidades incluidos los servicios de valor añadido, pudiendo a tales efectos llevar a cabo cuantas actividades complementarias o accesorias fueran necesarias o convenientes para el cumplimiento de la citada actividad, incluida la dis.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 175 del Lunes 15 de Septiembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.