ANCORALBA CORREDURIA DE SEGUROS SOCIEDAD LIMITADA

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 9º.- ADMINISTRACION.- F.- Retribución: El cargo de administrador será retribuido. Dicha remuneración consistirá en una asignación fija anual en dinero, que será determinada cada año por la Junta General de socios de la Sociedad para el ejercicio en el curso del cual se adopta, en función.

Datos registrales

T 837, L 601, F 178, S 8, H AB 4941, I/A 6 (26.06.14).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 124 del Jueves 3 de Julio de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.

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