CAIXABANK, S.A.

Obligaciones Subordinadas Caixabank, S.A. Serie 1/2013 con vencimiento en 14 de noviembre de 2023

CaixaBank, S.A. ("CaixaBank" o la "Sociedad") con domicilio en Barcelona, Avenida Diagonal, 621, hace pública, mediante el presente anuncio y conforme a lo exigido por el artículo 408 de la Ley de Sociedades de Capital, la emisión de obligaciones subordinadas (las "Obligaciones"), bajo su programa de emisión denominado "Euro Medium Term Note Programme" (el "Programa"), por importe nominal de setecientos cincuenta millones de euros (la "Emisión"). Las Obligaciones se emiten en ejecución del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de CaixaBank en su sesión de 24 de octubre de 2013 al amparo de la autorización conferida por la Junta General Ordinaria de accionistas de Caixabank celebrada el 25 de abril de 2013, en virtud de su acuerdo décimo.

Las características esenciales de las Obligaciones son las que a continuación se recogen:

Tipo de emisión, valor nominal y representación: Las Obligaciones tendrán un importe nominal unitario de cien mil euros (€ 100.000) y se emitirán al 99,405% de su valor nominal. Las Obligaciones constituirán una serie única y se emitirán al portador (bearer), estando representadas por medio de títulos físicos, inicialmente bajo la forma de un único título global.

Fecha de Emisión: Prevista inicialmente para el 14 de noviembre de 2013 coincidiendo con la Fecha de Desembolso (tal y como se define a continuación).

Período de suscripción y desembolso: La suscripción y desembolso de las Obligaciones está prevista que tenga lugar el 14 de noviembre de 2013 ("Fecha de Desembolso") una vez se hayan cumplido determinadas condiciones y haya quedado inscrita la escritura relativa a la Emisión en el Registro Mercantil.

Tipo de interés: Fijo. Las Obligaciones devengarán intereses desde la Fecha de Emisión (inclusive) hasta la fecha en que se cumpla el quinto aniversario de la emisión (exclusive), a un tipo del 5% anual. A partir del quinto aniversario de la Fecha de Emisión (inclusive), las Obligaciones devengarán un interés fijo anual igual al tipo swap a 5 años aplicable (5-year EUR Mid Swap) más un margen del 3,95%. Los intereses serán pagaderos por períodos vencidos, el 14 de noviembre de cada año.

Amortización ordinaria: salvo que hubiesen sido reembolsadas, o adquiridas y canceladas, el vencimiento de las Obligaciones tendrá lugar en el décimo aniversario de la Fecha de Emisión, esto es el 14 de noviembre de 2023.

Amortización anticipada: la Sociedad, sujeto a la aprobación del Banco de España, podrá amortizar anticipadamente las Obligaciones en el quinto aniversario de la Fecha de Emisión, esto es el 14 de noviembre de 2018.

Asimismo, la Sociedad podrá, sujeto a la aprobación del regulador, amortizar las Obligaciones a la par, en cualquier momento si (i) como consecuencia de cualquier cambio o modificación de las disposiciones legales o reglamentarias en España o de cualquier cambio en la aplicación o en la interpretación oficial de dichas disposiciones legales o reglamentarias, que entre en vigor en la Fecha de Emisión de las Obligaciones, o con posterioridad a la misma, la Sociedad tuviera que pagar importes adicionales, y si (ii) como consecuencia de un cambio en la legislación española, en la normativa bancaria española aplicable o en la normativa de adecuación de capital, o cualquier cambio en la aplicación o en la interpretación oficial de las anteriores, que entrase en vigor en la Fecha de Emisión de las Obligaciones, o con posterioridad a la misma, las Obligaciones dejasen de ser elegibles para su inclusión total o parcial en el capital Tier 2 del Grupo, de conformidad con la normativa española sobre adecuación de capital o con cualquier otra norma aplicable en España en cada momento (que no derive de cualquier limitación aplicable al importe de dicho capital aplicable la Sociedad).

Por otro lado los titulares de las Obligaciones solo podrán acelerar el pago del interés y del principal en el caso de que se dicte una orden por un tribunal competente o se apruebe una resolución para la liquidación o disolución de la Sociedad.

Garantías de la Emisión: La Emisión cuenta con la garantía personal del patrimonio de la Sociedad.

Régimen de prelación: Las obligaciones de pago de la Sociedad derivadas de las Obligaciones constituyen obligaciones directas, incondicionales, subordinadas y no garantizadas de la Sociedad que en caso de concurso de la Sociedad (y sujeto a cualquier excepción legal) tendrán el mismo rango a efectos de prelación de créditos entre ellas y con todas las obligaciones subordinadas de la Sociedad, salvo por los créditos subordinados conforme a los artículos 92.3 a 92.7 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, otras obligaciones subordinadas por ley y obligaciones subordinadas que se indique tengan una prelación crediticia inferior a las Obligaciones subordinadas que se emitan al amparo del Programa.

Ley aplicable y jurisdicción: La emisión de las Obligaciones, incluida su naturaleza jurídica y rango a efectos de prelación de créditos, la capacidad de la Sociedad, los correspondientes acuerdos societarios, el nombramiento del Comisario y la constitución del sindicato de obligacionistas se regirán por Derecho español. Los términos y condiciones de las Obligaciones se regirán e interpretarán de conformidad con el Derecho inglés.

Admisión a negociación: Se solicitará la admisión a cotización de las Obligaciones en la Bolsa de Irlanda.

Sindicato de Obligacionistas y Comisario: De conformidad con lo previsto en los artículos 403 y 419 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, una vez inscrita la escritura de emisión en el Registro Mercantil quedará constituido un sindicato de obligacionistas para la Emisión que se regirá por lo establecido en el Reglamento y en la Ley de Sociedades de Capital, designando como comisario provisional del sindicato de obligacionistas a don Antonio Sánchez Molina.

Se hace constar que conforme a lo previsto en la normativa del mercado de valores española, no es necesario autorización y registro de un folleto de emisión o admisión a cotización de las Obligaciones por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. No obstante, y en relación con la admisión a cotización de las Obligaciones en la Bolsa de Valores de Irlanda, se ha registrado un folleto base (Base Prospectus) relativo al Programa en el Banco Central de Irlanda (Central Bank of Ireland) y se va a proceder a registrar con el mismo las Condiciones Finales (Final Terms) relativas a la Emisión.

Barcelona, 5 de noviembre de 2013.- Director General Financiero, Gonzalo Gortázar Rotaeche.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 213 del Jueves 7 de Noviembre de 2013. Avisos y Anuncios Legales, Otros Anuncios Y Avisos Legales.

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