Quiero saber acerca de...
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"Artículo 19º.- CARACTER RETRIBUIDO DEL CARGO DE ADMINISTRADOR. El cargo de administrador será retribuido, consistiendo la retribución en una cantidad fija de 500 euros anuales, sin perjuicio de la debida retribución que perciba por su trabajo personal distinto a los servicios inherentes a la.
T 3325 , F 198, S 8, H Z 40105, I/A 2 (28.06.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 128 del Martes 9 de Julio de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.