Quiero saber acerca de...
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ARTICULO DOCE.- Los socios expresarán su voluntad mayoritaria en Junta General, previa convocatoria por el Organo de Administración con carácter ordinario necesariamente dentro delos seis primeros meses de cada ejercicio para censurar la gestión social, aprobar, en su caso, las cuentas del.
T 881, L 645, F 94, S 8, H AB 6103, I/A 9 (15.05.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 94 del Miércoles 22 de Mayo de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.