Quiero saber acerca de...
- España
Artículo 6º.- DERECHOS DE LOS SOCIOS. Cada participación confiere a su legítimo titular la condición de socio y, como tal, le corresponden los siguientes derechos: -Participar en el reparto de los beneficios sociales y en el resultado de laliquidación de la Sociedad en proporción directa a susArtículo 7º.- TRANSMISION DE PARTICIPACIONES SOCIALES. Con exclusión expresa del régimen de transmisión previsto en la Ley Reguladora, será de aplicación el siguiente: 1. Transmisiones Inter Vivos.- A. Tran
T 1369 , F 162, S 8, H VA 16543, I/A 16 (26.04.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 84 del Martes 7 de Mayo de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.