PROMOCIONES Y GESTIONES INMOBILIARIAS CARO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) ACTIVIDADES Y CONSULTORÍA TECNICO-LEGAL, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general universal de la sociedad "Promociones y Gestiones Inmobiliarias Caro, Sociedad Limitada", celebrada en Madrid en fecha 22 de febrero de 2013, ha adoptado por unanimidad el acuerdo de escisión parcial mediante la transmisión de una rama de actividad, por sucesión universal, consistente en la unidad económica formada por la participación de la escindida en su actividad de compra venta y desarrollo de terrenos rústicos, con los elementos materiales y técnicos necesarios para el desarrollo de la misma, que forma una unidad económica autónoma, a una sociedad de nueva creación denominada "Actividades y Consultoría Tecnico-Legal, Sociedada Limitada".

Se cumplen en el presente caso los requisitos exigidos en los artículos 42 y 78 bis de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles para llevar a cabo la operación de escisión parcial mediante el procedimiento simplificado.

Los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad que se escinde parcialmente pueden obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado aprobado por unanimidad. Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo escisión tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.

Madrid, 22 de febrero de 2013.- El Administrador único, Sebastián Caro Hierro.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 54 del Miércoles 20 de Marzo de 2013. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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