Quiero saber acerca de...
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Articulo 13º.- Retribución.. Artículo 13º Bis.- Prestacionesaccesorias..
T 1824 , F 191, S 8, H A 33574, I/A 4 (24.01.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 22 del Viernes 1 de Febrero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.