URBAOURENSE, SOCIEDADE URBANÍSTICA PROVINCIAL DE OURENSE, S.A.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 y 334 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la fecha de 28 de diciembre de 2012, la Junta General de Urbaourense adoptó el siguiente acuerdo de reducción del capital social:

Reducción del capital social en dos mil millones de euros (2.000.000,00 €) por devolución de aportaciones al socio único (Diputación Provincial de Ourense) y modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales

Previa deliberación el Presidente somete el asunto a votación y la Junta General, por unanimidad, adopta el siguiente acuerdo:

1.º) Reducir el capital social en la cuantía de 2.000.000 € (dos millones de euros) por devolución de aportaciones al socio único (Diputación Provincial de Ourense), modificando en consecuencia el artículo 5 de los estatutos sociales. El capital social queda fijado de este modo en 20.282.320 euros. La reducción de capital se llevará a cabo mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las cinco mil (5000) acciones nominativas, número 1 a 5.000, ambas inclusive, en que actualmente se divide el capital social. El valor nominal de las acciones, actualmente fijado en 4.456,464 € quedará reducido a 4.056,464 €.

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 170.1 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es la devolución de aportaciones al socio único de la sociedad. El pago de la cantidad objeto de reducción se realizará mediante endoso a favor de la Diputación Provincial de Ourense (socio único de Urbaourense) otorgado por el órgano de administración, una vez transcurrido el plazo de oposición de los acreedores previsto en el artículo 336 de la Ley de sociedades de capital sin que ninguno de ellos se opusiese a este acuerdo o, teniéndose opuesto, una vez que se tengan satisfecho o garantizado sus créditos conforme a la ley aplicable.

La suma que deberá abonarse al Accionista Único es de dos millones de euros (2.000.000 €), es decir, cuatrocientos euros (400,00 €) por cada una de las cinco mil (5.000) acciones nominativas de la Sociedad de las que es titular.

2.º) Como resultado de lo anterior, se acuerda también modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, cuya nueva redacción, una vez ejecutado este acuerdo de reducción de capital social será la siguiente:

"Artículo 5º.- Del capital social: El capital social se fija en la cantidad de 20.282.320 € estando representado por acciones nominativas con un valor nominal por acción de 4.056,464 €, numeradas correlativamente de la 1 a la 5.000, ambas incluidas, constituyendo una sola clase y serie.

El referido capital social está íntegramente subscrito y desembolsado por la Diputación Provincial de Ourense, titular exclusiva de la totalidad de las acciones que lo componen, no pudiendo este ser transferido ni destinado a finalidad distinta del objeto de esta empresa, pero si ampliado o disminuido de acuerdo con las disposiciones legales vigentes".

3.º) Se faculta expresamente a la Presidencia para publicar, de conformidad con lo previsto en los artículos 319 y 34 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el acuerdo de reducción de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación en la provincia de Ourense en la que la sociedad tiene su domicilio.

Esto se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Ourense, 22 de enero de 2013.- Presidente.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 21 del Jueves 31 de Enero de 2013. Avisos y Anuncios Legales, Reducción De Capital.

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