CAFÉ Y ROSQUILLAS, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) COFFEE ALLIANCE, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 4 de octubre de 2012, el Socio Único de CAFÉ Y ROSQUILLAS, S.L.U. (la "Sociedad Escindida"), ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de COFFEE ALLIANCE, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria") en los términos establecidos en el proyecto de escisión parcial.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad Escindida dedicada a la actividad de franquicia de restauración, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria; la atribución de las nuevas participaciones de la Sociedad Beneficiaria creadas como consecuencia de la escisión al Socio Único de la Sociedad Escindida y la reducción del capital social de la Sociedad Escindida mediante la amortización de determinadas participaciones sociales.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el balance de escisión parcial.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Málaga, 4 de octubre de 2012.- D. Adolfo Rodríguez Flores, Inversiones Inmobiliarias Rodríguez Flores, S.L., Consejero de CAFÉ Y ROSQUILLAS, S.L.U.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 193 del Viernes 5 de Octubre de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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