LAIK PARK, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) CIN-ARK PROMOCIONS, S.L. PROMOCIONS CAPEPROM, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de "Laik Park, Sociedad Limitada", acordó por unanimidad, con fecha 23 de abril de 2012, aprobar la escisión total de la sociedad mediante la división de su patrimonio en dos partes, para el traspaso en bloque de cada una de ellas a favor, respectivamente, de las sociedades de nueva creación "Cin-Ark Promocions, Sociedad Limitada" y "Promocions Capeprom, Sociedad Limitada". Dichas sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión, todo ello previa disolución sin liquidación de la sociedad objeto de escisión total, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que respectivamente se les atribuya.

Se hace constar asimismo el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión total, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión total, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, por remisión que a los mismos hace el artículo 73 de la citada Ley.

Collbató, 24 de abril de 2012.- Eva Salvadó Bertomeu, Administradora única de Laik Park, S.L.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 85 del Lunes 7 de Mayo de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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