PROFILPLAST, SOCIEDAD ANÓNIMA

La junta general de accionistas, celebrada el 30 de julio de 2010, acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de la sociedad de su derecho de suscripción preferente:

1. Aumentar el capital social de la compañía en la cifra de 699.572,07938 €, mediante la emisión y puesta en circulación de 116.399 de nuevas acciones, nominativas, de 6,010121044 € euros de valor nominal cada una, integrantes de la única serie existente, y numeradas correlativamente del 130.216 a 246.614, ambos inclusive, con los mismos derechos que las preexistentes.

2. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal

3. El valor nominal de las acciones emitidas debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias.

4. Los accionistas de la compañía son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas acciones, y a razón de 17 acciones nuevas por cada 19 antiguas.

5. Los señores accionistas pueden usar de su derecho de suscripción preferente en el plazo de tres meses contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

6. Durante el plazo de suscripción, los accionistas pueden suscribir los títulos mediante comunicación dirigida a esta sociedad, a la que acompañará certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100% del valor nominal de las acciones objeto de suscripción en la cuenta corriente que Profilplast, S. A. mantiene en la entidad financiera CajaMar (Caja Rural Sociedad Cooperativa de Crédito), y cuyo código CCC es el siguiente: 30580248762720004997.

Las acciones no suscritas serán ofrecidas nuevamente a los restantes accionistas, salvo renuncia de los mismos, procediéndose, en su caso, al prorrateo entre ellos de acuerdo con la Ley. A estos efectos los accionistas deberán manifestar su interés en el prorrateo ante el órgano de Administración siendo el plazo para el prorrateo: quince días desde que termine el plazo para el ejercicio del derecho de suscripción.

A continuación se ofrecerá a la sociedad las acciones no suscritas por un plazo de quince días mas.

Una vez transcurrido el anterior plazo, para el caso de que los actuales accionistas no ejerzan en su totalidad sus derechos de suscripción ni la sociedad, las acciones no suscritas se ofrecerían por el órgano de administración para la entrada de nuevos socios para tratar de alcanzar la cifra de aumento de capital propuesta de 699.572,07938. A estos efectos se podría autorizar expresamente la suscripción parcial o incompleta.

7. Caso de no ser suscrito íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declarará su suscripción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de conformidad con el art. 161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Murcia, 31 de agosto de 2010.- Presidente y Consejero Delegado.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 173 del Miércoles 8 de Septiembre de 2010. Avisos y Anuncios Legales, Aumento De Capital.

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