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23. La Administración y dirección de la Sociedad corresponderá al Administrador Unico, designado por la Junta General,por plazo de cinco años, pudiendo ser indefinidamente reelegido por períodos de igual duración. Para ser administrador no se necesita ser accionista. No podrá ser Administrador.
T 1381 , F 51, S 8, H PM 1234, I/A 10 (29.12.09).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 5 del Lunes 11 de Enero de 2010. Empresarios, Actos Inscritos.