XEREZ CLUB DEPORTIVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

Ejercicio de derecho de suscripción preferente.

El Consejo de Administración de la entidad Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva, hace público que en la Junta general extraordinaria de dicha sociedad celebrada el día 2 de julio de 2009, se acordó aprobar por mayoría una ampliación de capital por importe de 5.384.960,00 euros, con emisión de 89.600 acciones nominativas, de la misma clase y serie de las ya existentes, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, aprobando igualmente que dicha ampliación se llevará a efecto mediante los siguientes tramos:

a) 4.304.722,60 euros, es decir 71.626 acciones, serán suscritas por la entidad Luz Costa Inmuebles, S.L., por su valor nominal, desembolsando dicha suma mediante compensación de los créditos que por tal cuantía ostenta frente a Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva, los cuales son totalmente líquidos, vencidos y exigibles, según se acredita con el procedente informe del Auditor de Cuentas de la sociedad.

b) 1.080.237,40 euros, es decir 17.974 acciones, por su valor nominal, mediante aportaciones dinerarias de los accionistas que deseen ir ejerciendo su derecho de suscripción preferente, y en el porcentaje que les corresponda según la participación actual en el capital social.

De conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la LSA y para permitir el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva, se comunica que el Consejo de Administración de la sociedad, en sesión celebrada el día 27 de octubre de 2009, al amparo tanto del artículo 153.1 a) LSA como de las facultades delegadas por la Junta General de la sociedad para la ejecución del acuerdo de ampliación de capital social aprobado, ha acordado el siguiente procedimiento para la suscripción de las acciones de nueva emisión correspondientes al segundo tramo de ampliación citado:

Primero.- Importe nominal de la ampliación a verificar mediante aportaciones dinerarias: 1.080.237,40 euros.

Segundo.- Acciones a emitir: 17.974 acciones, de valor nominal 60,10 euros cada una, o el número de acciones que resulte del importe definitivo suscrito.

Tercero.- Derechos y obligaciones de las nuevas acciones: Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos, y obligaciones que las anteriormente existentes, a partir de la fecha de su emisión.

Cuarto.- Tipo de emisión: Las nuevas acciones se emiten a la par, es decir por el valor nominal actual de 60,10 euros, para ser desembolsadas íntegramente mediante aportaciones dinerarias en el momento de su suscripción mediante entrega de 60,10 euros por acción.

Quinto.- Derecho preferente y proporción: Los accionistas que lo sean al término del día anterior al inicio del periodo de suscripción tendrán derecho preferente para la suscripción de las nuevas acciones, en la proporción de una acción nueva por cada dos de las antiguas de las que sean titulares.

La suma de la suscripción que realice Luz Costa Inmuebles, Sociedad Limitada, en ambos tramos, no superará el porcentaje que le corresponde por su actual derecho de suscripción preferente en el total aumento de capital.

Sexto.- Plazo de suscripción: El plazo para ejercitar este derecho preferente de suscripción tendrá la duración de un mes, que comenzará a contarse a partir de la fecha de publicación del anuncio de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Séptimo.- Suscripción incompleta: En el caso de no cubrirse enteramente la ampliación de capital prevista a través de aportaciones dinerarias en el periodo de suscripción mencionado, el capital quedará aumentado únicamente en lo que al reiterado segundo tramo se refiere, en la cuantía de las suscripciones efectuadas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 161,1 de la Ley de Sociedades Anónimas, procediéndose por el Consejo de Administración de la Sociedad, o por las personas que éste faculte a tal fin, a declarar la cifra definitiva en que el capital social quede fijado y a modificar los correspondientes artículos de los estatutos de la sociedad.

Octavo.- Forma y lugar donde efectuar la suscripción y desembolso: La suscripción y desembolso o pago del valor efectivo de las nuevas acciones deberá cumplimentarse dentro del plazo de un mes señalado a contar desde la fecha de publicación del anuncio de la oferta de suscripción, mediante ingreso o transferencia bancaria a la cuenta de la sociedad específicamente aperturada a estos efectos en la entidad de crédito, Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla, -CAJASOL-:

Entidad: 2106 - Oficina: 1206 - DC: 86 - Cuenta: 2224137031

En el ingreso se indicará la identidad de quien lo verifica y el número de acciones del que sea titular, sirviendo el resguardo del mismo como justificante del desembolso por el número de acciones nuevas cubiertas, pudiendo el interesado, con la presentación de dicho resguardo, retirar en el domicilio social o solicitar el envío del documento provisional de suscripción.

Noveno.- Los derechos de suscripción preferente no ejercitados quedarán automáticamente extinguidos a la finalización del indicado plazo de ejercicio de un mes.

Jerez de la Frontera, 4 de noviembre de 2009.- Presidente del Consejo de Administración.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 225 del Miércoles 25 de Noviembre de 2009. Avisos y Anuncios Legales, Aumento De Capital.

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