Quiero saber acerca de...
- España
ARTICULO 2º BIS.- Si entre las actividades comprendidas enel objeto social existen, en su caso, alguna o algunas que requieran titulación profesional, respecto de las mismas la sociedad se constituye como de intermediación, quedando excluidas las mismas del ámbito de aplicación de la Ley 2/2007 de.
T 1236 , F 86, S 8, H CA 14638, I/A 9 (23.12.08).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 10 del Viernes 16 de Enero de 2009. Empresarios, Actos Inscritos.