INVERSIONES ZAM, S.I.C.A.V., S. A.

Reducción de capital

De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para su general conocimiento, que la Junta General Ordinaria de Accionistas, celebrada el día 20 de mayo de 2008, acordó, por unanimidad, reducir el capital social de la Compañía en la cuantía de 469.326,60 euros, con la finalidad de devolución de aportaciones a los accionistas. Esta reducción se llevará a cabo mediante la disminución del valor nominal de las acciones que pasará de los 4,52 euros actuales a 3,92 euros por acción. Asimismo se acordó, también por unanimidad, la modificación del artículo 5.º de los estatutos sociales que pasará a tener la siguiente redacción literal:

«Artículo 5. Capital social.1. El capital social inicial queda fijado en dos millones cuatrocientos mil euros con cuarenta céntimos (2.400.000,40), representado por seiscientas doce mil doscientas cuarenta y cinco (612.245) acciones nominativas de tres euros con noventa y dos céntimos (3,92) nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en veinticuatro millones cuatro euros (24.000.004), representado por seis millones ciento veintidós mil cuatrocientas cincuenta (6.122.450) acciones nominativas de tres euros con noventa y dos céntimos (3,92) nominales cada una.3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta General.»

La reducción y abono a los accionistas titulares de las acciones de la sociedad del importe correspondiente a la presente reducción de capital, deberá ejecutarse tan pronto como se inscriba, en el correspondiente registro administrativo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la escritura de reducción de capital.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 26 de mayo de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración, Anselmo Gonzalo Gonzalo.-36.411.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 103 del Lunes 2 de Junio de 2008. .

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