XEREZ CLUB DEPORTIVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

Anuncio convocatoria Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas Por el Presidente del Consejo de Administración, y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de los Estatutos sociales, en la Ley de Sociedades Anónimas, en la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas, y con el asesoramiento en derecho del Letrado Asesor, se convoca a los señores accionistas para la celebración de la Junta general ordinaria y extraordinaria de la sociedad, que tendrá lugar en la Sala de Convenciones del hotel NH Avenida, sito en avenida Álvaro Domecq, número 10, de Jerez de la Frontera (Cádiz), el próximo día 28 de diciembre de 2001 a las nueve horas de la mañana en primera convocatoria, y al día siguiente, en el mismo lugar y hora en segunda convocatoria, si hubiere lugar, con objeto de deliberar y resolver los asuntos incluidos en el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales (Memoria, Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias), informe de gestión y propuesta de aplicación de resultados correspondiente al ejercicio 2000/2001.

Segundo.-Delegación de facultades para formalizar ante el Registro Mercantil el depósito de las cuentas anuales, a favor de la persona o personas que determine la Junta general.

Tercero.-Propuesta, y aprobación, si procede, de una reducción del capital social de la entidad a la cuantía de cincuenta y siete millones quinientas mil pesetas (57.500.000 pesetas), mediante la reducción del valor nominal de las acciones en las que está dividido el capital para el reestablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad por consecuencia de las pérdidas.

Quedando, por tanto, el capital dividido en cincuenta y siete mil quinientas (57.500) acciones nominativas de un valor nominal de mil pesetas (1.000 pesetas) cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 57.500, ambos inclusive.

Simultáneamente, propuesta de aprobación, si procede, de un aumento de capital social de la entidad en seiscientos treinta y dos millones quinientas mil pesetas (632.500.000 pesetas), con emisión de 632.500 acciones nominativas ordinarias de mil pesetas (1.000 pesetas) cada una de ellas, numeradas del 57.501 al 690.000 ambos inclusive.

Los actuales accionistas podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente en la proporción de once (11) acciones nuevas por cada una de las antiguas de las que eran titulares.

El plazo de ejercicio del citado derecho de suscripción preferente será de un mes a contar desde la publicación de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". De acuerdo con el artículo 161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el caso de que no se suscriba íntegramente dentro del plazo fijado para la suscripción, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

La ampliación de capital propuesta se llevará a efecto mediante aportaciones dinerarias de los socios en los plazos que establece el Consejo de Administración.

Cuarto.-Modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales, como consecuencia de la reducción y simultáneo aumento de capital propuesto, así como redenominación del capital social al euro, de conformidad con lo que establece el artículo 21 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre Introducción al Euro, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 5.

El capital social de la sociedad se fija en la suma de 4.146.983,52 euros, y está dividido en 690.000 acciones nominativas ordinarias de 6,010121043 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente desde el número 1 al 690, ambos inclusive. Estas acciones representadas por títulos, se podrán emitir con carácter múltiple para todas las que pertenezcan a un mismo accionista; sin perjuicio del derecho que le asiste a éste de solicitar títulos individualizados para cada una de sus acciones." Quinto.-Delegar en el Consejo de Administración la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital, en todo lo no previsto, de acuerdo con lo señalado por el artículo 153.1, a) de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sexto.-Delegar en el Consejo de Administración un aumento de capital, según las facultades previstas en el artículo 153.1, b) de la Ley de Sociedades Anónimas, hasta un límite de 1.000.000.000 de pesetas; cifra ésta que correspondería a la totalidad del capital social así ampliado.

Séptimo.-Modificación de los Estatutos sociales: Artículo 12. Órganos de la sociedad.

El gobierno y administración de la sociedad corresponderá a: a) La Junta general de accionistas, b) al Consejo de Administración.

El órgano de asesoramiento, social e institucional al Consejo Social, regulado en el Título VI.

Artículo 26. Queda derogado.

Título VI. Consejo Social.

Artículo 44. El Consejo Social tendrá, a decisión del Consejo de Administración, la representación institucional y social del "Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva".

Artículo 45. Estará compuesto por cinco personas físicas, nombradas por el Consejo de Administración y la duración del cargo será de dos años, a no ser que sean cesados por el Consejo de Administración, cese que será comunicado por telegrama con acuse de recibo.

En caso de fallecimiento o dimisión de un Consejero social, el Consejo nombrará un sustituto.

Para que quede válidamente constituido el Consejo Social, será necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros, y los acuerdos se tomarán por mayoría de los presentes.

Artículo 46. Los Consejeros sociales elegirán un Presidente, que será la persona encargada de presidir los actos sociales y representativos del "Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva" (partidos de fútbol, recepciones institucionales, etc.) y deberá desempeñar el cargo con el debido decoro.

Presidirá las reuniones del Consejo Social y su voto será un voto de calidad en caso de empate.

Entre sus obligaciones están la de comunicar al Consejo de Administración las reuniones del Consejo Social, y los actos a los que se pretenda acudir.

Se elegirá también un Secretario que será el que se encargará de levantar las Actas de las reuniones del Consejo Social, y tendrá la obligación de remitirlas al Consejo de Administración.

Artículo 47. Los Consejeros sociales, al no intervenir en ninguna decisión económica, ni deportiva del "Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva", no tienen ninguna responsabilidad, frente a los accionistas y frente a los acreedores sociales.

Octavo.-Aprobación de la nueva composición del Consejo de Administración de la sociedad respecto a su constitución por un número de Consejeros no inferior a tres, con la siguiente modificación estatutaria.

El artículo 21 de los Estatutos sociales pasará a tener la siguiente redacción: "Artículo 21. Composición y nombramiento del Consejo de Administración.

El Consejo de Administración de la sociedad estará constituido por un número de Consejeros no inferior a tres ni superior a veinticinco, elegidos por la Junta general de accionistas o los grupos de éstos, por el sistema de elección proporcional, en la forma que determina el artículo 137 de la Ley de Sociedades Anónimas y sus disposiciones concordantes.

No podrán ser Administradores aquellas personas que se encuentren incursas en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 24 de la Ley del Deporte y demás disposiciones aplicables. Para ser nombrado Administrador no se requiere la cualidad de accionista. Tampoco podrán ser Administradores las personas declaradas incompatibles por la Ley de 26 de diciembre de 1983 o por cualquier otra norma de rango legal, tanto de ámbito estatal como autonómico, que contenga disposiciones de carácter análogo." Noveno.-Nombramiento de los nuevos miembros del Consejo de Administración.

Décimo.-Nombramiento de los Auditores de cuentas de la entidad.

Undécimo.-Estudio, y aprobación, si procede, del ejercicio de la acción social de responsabilidad contra anteriores miembros del Consejo de Administración.

Duodécimo.-Deliberación en relación a las relaciones económicas entre la sociedad y sus accionistas más significativos, Administradores y/o Apoderados, previa información por el Presidente sobre las sumas que hayan podido detraerse, desde primeros de julio de 1998 hasta la actualidad, para atender a gastos personales de aquéllos, de sus familiares o de otras personas que no están relacionadas con la sociedad y previa información también de las sumas que hayan podido aportarse por los Administradores y/o Apoderados a la sociedad y/o accionistas más significativos, en igual período, con indicación de la cuantía de las mismas, el concepto en que se hayan realizado y si de tales operaciones se ha dado cuenta al Consejo Superior de Deportes.

Decimotercero.-Información del Consejo de Administración en relación a las fianzas prestadas por los Administradores en cumplimiento de la legislación deportiva y del artículo 26 de los Estatutos sociales, con expresión de la cuantía de esas fianzas y las personas o bienes que las soportan.

Decimocuarto.-Información del Consejo de Administración en relación a la adquisición de las acciones que eran propiedad de "Krasni Bor, Sociedad Anónima", por "Corporación Deportiva 2.002, Sociedad Limitada", con indicación sobre los medios económicos que tendría la sociedad adquirente, dado su capital propio de 500.000 pesetas, para hacer frente a previsibles aumentos de capital en el "Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva".

Decimoquinto.-Información del Consejo de Administración en relación a por qué no se acepta la propuesta del Ayuntamiento de Jerez, de que el primer equipo juegue sus partidos oficiales en el Campo de la Juventud.

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL Decimosexto.-Información del Consejo de Administración sobre la situación registral de la sociedad, así como sobre las medidas que se han tomado para solventarla.

Decimoséptimo.-Información del Consejo de Administración sobre todas y cada una de las reclamaciones judiciales y extrajudiciales que pesan sobre la compañía, con expresión de su cuantía y de los acreedores reclamantes. E información del Consejo sobre el contenido de las relaciones con "Fisbe España, Sociedad Limitada" y con "Asesores Sport Fútbol, Sociedad Anónima", sociedades vinculadas con algunos de los Administradores, cuyos créditos figuran en el Balance, por más de 61.000.000 de pesetas y más de 18.000.000 de pesetas, respectivamente.

Decimoctavo.-Puesta a disposición de los socios del informe -o, en su caso, borrador de informe de Auditoría realizado sobre los ejercicios sociales 1999/2000 y 2000/2001 e información sobre las medidas que el Consejo de Administración piensa adoptar si se confirmara la aparente descapitalización de la compañía. E información también sobre qué Auditoría ha sido remitida a los organismos deportivos o qué excusa se ha dado para no hacerlo.

Decimonoveno.-Ejercicio de la acción de responsabilidad contra los actuales Administradores de la sociedad, aun no estando inscritos en el Registro Mercantil, a la vista de la situación jurídica y económica de la compañía.

Vigésimo.-Ejercicio de las acciones judiciales que procedan frente al excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la Frontera por los daños y perjuicios irrogados a la entidad "Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva".

Vigésimo primero.-Ruegos y preguntas.

Vigésimo segundo.-Redacción, lectura y aprobación del acta de la Junta o designación de Interventores al efecto, en su caso, para dicha aprobación.

(Los puntos números undécimo a decimonoveno se incluyen en el orden del día a la vista de la solicitud pública formulada por el excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la Frontera).

De acuerdo con el artículo 212 de la Ley de Sociedades Anónimas, los señores accionistas a partir de la publicación de esta convocatoria, tendrán derecho a examinar, en el domicilio social, y obtener de forma gratuita, toda la documentación relativa a las cuentas anuales, y a la aplicación del resultado correspondiente al ejercicio cerrado a 30 de junio de 2001.

Asimismo, de conformidad con los artículos 144 y 212 de la Ley de Sociedades Anónimas, los accionistas a partir de la publicación de esta convocatoria, tendrán derecho a examinar, en el domicilio social, el texto íntegro de la modificación de Estatutos, reducción y aumento de capital y del informe sobre los mismos, y pedir la entrega o el envío gratuito de los documentos.

Tendrán derecho a acudir a la Junta general, los accionistas que acrediten ser titulares, al menos, de diecisiete acciones, siempre que estén inscritas a su nombre con cinco días de antelación, por lo menos, a aquél en el que haya de celebrarse la Junta, en el registro de acciones nominativas de la sociedad.

Los titulares de acciones en número inferior al mínimo exigido por el párrafo anterior para la asistencia personal a las Juntas generales podrán agruparse hasta alcanzar el mínimo exigido.

Jerez de la Frontera, 15 de noviembre de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración, Luis Oliver Albesa.-58.041.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 230 del Viernes 30 de Noviembre de 2001. .

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